Educación financiera

¿Qué sucede con las cuentas bancarias cuando una persona fallece y qué deben hacer sus familiares?

Esta entrada explica qué sucede con las cuentas bancarias y deudas de personas fallecidas y cómo los familiares pueden reclamar los valores. Conoce el proceso y los requisitos.

La pérdida de un ser querido no solo trae consigo un proceso de duelo, sino también una serie de gestiones legales y financieras que deben atenderse. Si la persona fallecida tenía productos financieros, sus herederos deberán seguir ciertos pasos para reclamar esos valores.

Tanto los bancos como familiares del fallecido tienen roles y responsabilidades en este proceso. En este artículo te explicamos qué corresponde hacer a estas entidades financieras ante el fallecimiento de un titular, y qué pasos deben seguir los familiares o sucesores para reclamar los valores que dejó.

El rol de los bancos cuando fallece un cliente

Desde el momento en que reciben información sobre el fallecimiento, los bancos tienen la responsabilidad de bloquear las cuentas bancarias y otros productos financieros a nombre de esa persona. Esta medida permite garantizar que los fondos sean gestionados conforme a la ley.

Este bloqueo se mantiene hasta que los herederos entreguen evidencia a la entidad financiera de haber completado el proceso legal correspondiente y liquidado los impuestos sucesorales.

¿Quién puede reclamar los valores del fallecido y qué deben hacer?

El dinero en cuentas, certificados de depósito, préstamos o inversiones que haya dejado una persona fallecida pueden ser reclamados por sus herederos legales o, en su defecto, por su cónyuge sobreviviente. En algunos casos, un apoderado legal puede actuar en representación.

Para saber qué productos financieros tenía esa persona, los herederos legales pueden utilizar el servicio de Información Financiera gratuita de la Superintendencia de Bancos (SB), disponible en el portal de ProUsuario.

Esta herramienta de consulta permite verificar los productos registrados a nombre del titular en entidades financieras y cambiarias. Una vez identificados, los herederos deben reunir la documentación necesaria y presentarla ante la entidad correspondiente para iniciar el trámite.

Por otro lado, también puede solicitarse una certificación ante la Superintendencia del Mercado de Valores (SIMV) en caso de que existan inversiones en bonos, acciones, fondos mutuos y otros valores.

Pero, ¿qué sucede con las deudas financieras? Al igual que los activos, estas también forman parte del patrimonio del fallecido. De acuerdo con el Código Civil Dominicano, estas deben pagarse con los bienes que conforman el patrimonio del fallecido; en caso de que existan seguros asociados a los productos financieros del finado, en su generalidad, el capital de la deuda quedará saldado por la aseguradora.

Documentos esenciales para la reclamación

Con el propósito de proteger los activos y asegurar que sean entregados a los herederos legales, los bancos requieren una serie de documentos para validar el derecho de los reclamantes.

  • Acta de defunción legalizada por la Junta Central Electoral (JCE)
  • Acto de notoriedad o determinación de herederos firmado por notario público y con firma legalizada
  • Documentación relacionada al impuesto sucesoral (con la Dirección de Impuestos Internos)
  • Actas de nacimiento de los herederos, y del fallecido, si aplica, legalizadas por la JCE

Además, según el caso, podrían requerirse otros documentos como, acta de matrimonio legalizada (si el cónyuge sobreviviente realiza la reclamación); testamento certificado, si existe, y documentación adicional si hay herederos fallecidos o menores de edad.

Es importante tener en cuenta que la documentación adicional puede verse influenciada por la estructura familiar y las circunstancias específicas.

Para los bancos poder liquidar los fondos y proceder al cierre de las cuentas del fallecido, los reclamantes necesitan probar legalmente su derecho a heredar, entregando información completa, veraz y válida.

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