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Cargos y comisiones en las tarjetas de crédito ¿Qué y cuáles son?

Cargos y comisiones en las tarjetas de crédito ¿Qué y cuáles son?

Por: Liliany Martínez, Comunicaciones ABA 

Al poseer una tarjeta de crédito se tienen diversas facilidades, gracias a su utilidad para comprar en distintos comercios sin poseer efectivo o al momento de hacer frente a necesidades de liquidez. 

Además de estas funcionalidades, la adquisición y uso de este tipo de instrumento financiero trae consigo una serie de responsabilidades para la persona titular que la adquiere ante la entidad financiera autorizada que la otorga (bancos múltiples, asociaciones de ahorros y préstamos, bancos de ahorro y crédito, etc.).

Entre algunas de las obligaciones contraídas por un tarjetahabiente están la de  devolver el dinero consumido, el pago de intereses (si aplica), además de pagar los cargos y comisiones que se generen.

En la entrega de este artículo, abordaremos las principales características de estos dos últimos términos.

Cargo

Se refiere al monto en moneda nacional o extranjera que aplica la entidad emisora de la tarjeta de crédito por gastos incurridos en la prestación de servicios.1

Es decir, cuando se mantiene activa una tarjeta de crédito se generan cargos por distintos conceptos que son especificados mediante el contrato suscrito al momento de adquirirla.

Estos son:

  1. Cargo por Emisión: Se aplica para cubrir el costo inicial de emisión del plástico de la tarjeta de crédito.
  2. Cargo por Renovación: Se aplica opcionalmente por la renovación del plástico de la tarjeta de crédito y es igual o similar al Cargo por Emisión.
  3. Cargo por Reemplazo: Se aplica cuando el plástico de la tarjeta de crédito necesita ser reemplazado.
  4. Cargo por Cobertura de Seguro: Se aplica por la contratación de un seguro que protege en caso de pérdida, robo, o falsificación del plástico de la tarjeta de crédito.

Comisión

La comisión se define como el porcentaje o monto fijo en moneda nacional o extranjera que la entidad emisora de tarjetas de crédito cobra al tarjetahabiente titular por la prestación de determinados servicios.2 Estos también son acordados previamente en el contrato y pueden ser modificados conforme a los parámetros establecidos en el reglamento.2

A diferencia del cargo, la comisión dependerá del consumo y de la puntualidad con que el cliente cumpla con el pago del crédito que ha usado. Por tanto, existen:

  1. Comisión por Mora: Penalidad que cobra la entidad cuando el tarjetahabiente no realiza el pago mínimo de los consumos efectuados antes de la fecha límite de pago.
  2. Comisión por Sobregiro: Se aplica cuando los consumos realizados exceden el límite de crédito autorizado.
  3. Comisión por Avance de Efectivo: Se aplica sobre los retiros de efectivo en cajeros automáticos, crédito a cuentas o en ventanilla de las oficinas bancarias.

Atendiendo a lo anteriormente expuesto, es importante tomar en cuenta que poseer una tarjeta de crédito no solo sirve como medio de pago para la adquisición de bienes o servicios, obtener avances de efectivo y/o como instrumento de financiamiento, sino que también se establece un compromiso con la entidad financiera que la cede, y que varía según la característica de dicho producto. 

  1. Reglamento de Tarjetas de Crédito (1ra. Resolución de fecha 7 de febrero del 2013). Recuperado de: file:///C:/Users/Usuario/Downloads/Reglamento_Tarjetas_Credito_(1ra_Resolucion_7_febrero_2013)%20(1).pdf
  2. Ver nota 1

17 de enero 2021