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Reglamento para la Realización de Inversiones en el Exterior y la Apertura de Entidades Transfronterizas

El objeto de este Reglamento es establecer los requisitos mínimos que deben cumplir los bancos múltiples que mantengan o que en el futuro realicen inversiones que impliquen propiedad de entidades transfronterizas y que mantengan o abran sucursales, agencias y oficinas de representación en el exterior.

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