30 junio 2022

Bancos respaldan creación de la Ley de Extinción de Dominio con algunas recomendaciones

La ABA destacó la importancia de contar con esa pieza legal, como una herramienta importante para la lucha del Estado contra las estructuras delictivas, garantizando la seguridad jurídica sobre el derecho real, personal o de cualquier otra naturaleza que, de buena fe, posea registrado un tercero sobre el bien objeto de extinción de dominio.

 

Santo Domingo, Rep. Dom.- La Asociación de Bancos Múltiples de la República Dominicana (ABA) consideró que la inclusión en el marco jurídico dominicano de una Ley de Extinción de dominio para el Decomiso Civil de Bienes Ilícitos constituye una importante herramienta, a fin de que el Estado pueda atacar estructuras económicas delictivas más allá del proceso penal, aunque deben tomarse en cuenta algunas observaciones, necesarias para su eficiente aplicación.

 

En ese sentido, el gremio destacó la importancia de garantizar la seguridad jurídica sobre el derecho real, personal o de cualquier otra naturaleza que, de buena fe, posea registrado un tercero sobre el bien objeto de extinción de dominio.  Precisó que tal es el caso de los derechos de acreedores con garantías debidamente registradas.

 

La ABA resaltó que es imperante delimitar la debida diligencia que debe agotar el adquiriente de buena fe pues, conforme se propone en los proyectos de ley, se pretende exigir a los terceros que su buena fe y diligencia se despliegue no sólo sobre los bienes que adquirirá, sino también respecto de la historia y condiciones de la persona de quien se adquiere.

Advirtió que esta obligación obstruye e imposibilita la realización de las operaciones, y también impone cargas irracionales a los adquirientes de buena fe, desbordando el alcance de sus deberes constitucionales.

 

También, la ABA recomendó delimitar los tipos penales que podrán servir de base para un juicio de extinción de dominio. En ese orden, estimó debe consignarse que, para los fines exclusivos de la citada ley, sea considerado como hecho ilícito aquella conducta tipificada como delito o crimen, según la legislación penal vigente en la República Dominicana al momento de su ocurrencia, sancionado con pena de reclusión.

 

El gremio bancario remitió sus observaciones en una comunicación dirigida al senador Pedro Catrain, presidente de la Comisión Bicameral que estudia los tres proyectos de Ley sobre Juicio de Extinción de Dominio para el Decomiso Civil de Bienes Ilícitos, introducidos por los senadores Antonio Taveras; Milcíades Marino Franjul Pimentel; así como por Félix Bautista Félix, Aris Yván Lorenzo Suero y José Manuel Castillo Saviñón.

 

En la comunicación, la ABA se mostró optimista ante la receptividad que tendrán los legisladores para acoger las recomendaciones presentadas mediante la citada comisión.

 

Dirección de Comunicaciones

30 de junio 2022

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