Dinámica bancaria - Regulación

¿Cómo ser un subagente bancario?

Este artículo explica los requisitos para convertirse en subagente bancario y detalla los pasos necesarios conforme a la resolución JM 20240125-05, del 25 de enero de 2024.

Convertirse en un subagente bancario es una oportunidad valiosa para las personas físicas y jurídicas que desean diversificar sus servicios y aumentar sus ingresos. Ejercer esta función implica ofrecer diversos servicios financieros en nombre de una entidad de intermediación financiera (EIF), lo que facilita el acceso a estos en áreas donde los bancos pueden no tener presencia física.

Para prestar estos servicios, los interesados deben cumplir los requisitos y pasos establecidos en el Reglamento de Subagente Bancario, modificado de manera integral mediante la resolución JM 20240125-05, del 25 de enero de 2024. Aquí te explicamos cómo ser un subagente bancario si eres una persona física o jurídica.

Requisitos para ser subagente bancario

¿Quiénes pueden prestar esos servicios? Según el artículo 5, las entidades de intermediación financiera autorizadas pueden contratar a las siguientes personas físicas o jurídicas para operar como subagentes bancarios:

1. Personas jurídicas con objeto social exclusivo. Empresas cuyo único propósito sea la prestación de servicios de subagente bancario, tal como lo define el reglamento correspondiente.

2. Personas físicas o jurídicas con actividad comercial. Negocios que ya están operando en sectores como farmacias, hoteles, centros de servicios de telecomunicaciones, supermercados, mini-mercados, colmados, ferreterías, empresas de mensajería, y empresas de traslado y entrega de mercancías.

3. Personas jurídicas públicas o dependencias del Estado. Entidades públicas que ofrecen servicios al público, como oficinas postales y centros PYMES.

4. Administradores de subagentes bancarios. Una sociedad subcontratada por entidades financieras que gestionan la ubicación, evaluación, afiliación, contratación y trámites administrativos de subagentes bancarios, y también puede ofrecer sus servicios.

5. Otras personas físicas o jurídicas. Aquellas que la Superintendencia de Bancos (SB) determine como aptas para ser subagentes bancarios.

Farmacias

Hoteles

Mercados

Colmados

Ferreterías

Documentación necesaria

Para la contratación de subagentes bancarios, las EIF deben contar con la autorización de la Superintendencia de Bancos y proporcionar la siguiente documentación sobre los candidatos a subagente, descrita en los artículos 22 y 23 del referido reglamento:

1. Documentación general para personas físicas:

  • Identificación. Copia legible de ambos lados de la cédula de identidad y electoral o pasaporte del propietario del negocio.
  • Certificado de No Antecedentes Penales. Emitido por la Procuraduría General de la República, con una vigencia no mayor a 30 días calendario desde su expedición.
  • Evidencia de operación continua. Prueba de que la persona física ha estado operando en su actividad económica por más de un año de forma continua.
  • Solvencia. Documentación que acredite la solvencia económica del propietario del negocio.
  • Informe de idoneidad. Evaluación del propietario conforme a la normativa vigente.

2. Documentación general para personas jurídicas:

  • Estatutos sociales. Copia de los estatutos sociales de la sociedad y sus modificaciones.
  • Decisión de actuar como subagente. Acta del órgano competente que documente la decisión de la sociedad de actuar como subagente bancario.
  • Registro Nacional del Contribuyente (RNC). Copia del RNC de la sociedad o una certificación de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
  • Registro mercantil vigente. Copia del registro mercantil de la sociedad.
  • Identificación de accionistas. Copia de la cédula de identidad y electoral o pasaporte de los accionistas de la sociedad.
  • Designación del representante legal. Acta que designe al representante legal y le otorgue facultades para firmar acuerdos en nombre de la sociedad.
  • Certificado de no antecedentes penales. Emitido para los accionistas por la Procuraduría General de la República, con una vigencia no mayor a 30 días calendario desde su expedición.
  • Evidencia de operación continua. Prueba de que la sociedad ha estado en operación por más de un año de forma continua.
  • Estados financieros. Estados financieros del último ejercicio contable, firmados por un contador público autorizado.
  • Solvencia de los accionistas. Documentación que acredite la solvencia económica de los accionistas.
  • Informe de idoneidad. Evaluación del propietario de la sociedad o sus accionistas conforme a la normativa vigente.

Proceso de contratación

Una vez recopilada la documentación necesaria, la EIF debe notificar dicha contratación a la Superintendencia de Bancos mediante una comunicación oficial, proporcionando toda la información requerida del subagente. Este proceso asegura que los subagentes bancarios cumplen con los estándares regulatorios y están preparados para ofrecer servicios financieros de manera eficiente y segura.

La resolución también explica que la documentación debe estar completa y actualizada para proceder con la evaluación.

Cabe destacar que el Reglamento de Subagente Bancario permite a las EIF autorizadas subcontratar los servicios de los administradores de subagentes bancarios para todo el proceso de contratación y gestión, lo cual implica otros requerimientos. Pero el artículo 12 sostiene que, primero, la SB deberá establecer el instructivo con los mecanismos y controles a observar cuando opten por la tercerización.

En resumen, convertirse en un subagente bancario genera beneficios individuales y un impacto positivo en la comunidad. Negocios clave como colmados, farmacias, entre otros, se convierten en puntos estratégicos como intermediarios financieros, evitando desplazamientos, ahorrando tiempo y dinamizando la economía del vecindario.

Al actuar como un enlace entre las entidades de intermediación financiera y los usuarios finales, estos facilitan el acceso a servicios financieros esenciales en áreas que podrían estar desatendidas por los bancos tradicionales. Esto promueve la inclusión financiera, mejora la calidad de vida de los residentes y fomenta el desarrollo económico local.

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